El Barcelona se querelló contra 'Le Monde' por las informaciones publicadas los días 7 (en su edición digital) y 8 (en su edición impresa) de diciembre de 2006 y en las que se citaba como fuente "documentos confidenciales" del propio Eufemiano Fuentes para relacionar ambos clubes con supuestas prácticas de dopaje de sus futbolistas.

La Audiencia Provincial atendió parcialmente el recurso de la cabecera francesa reduciendo la indemnización por daños morales a 15.000 euros, al entender que en España -donde el tribunal es competente- había tenido más repercusión mediática el desmentido del club y del propio Eufemiano Fuentes que la noticia de "Le Monde".
Asimismo, limitó la obligación de rectificar la información a su edición digital, dando por buena como rectificación en el diario impreso el desmentido del FC Barcelona publicado en su día. El Tribunal Supremo ha resuelto ahora el recurso de casación, confirmando en todos sus extremos la sentencia de la Audiencia Provincial, incluida la indemnización de 15.000 euros. La sentencia, que ya es firme, declara que no puede mantenerse la prevalencia de la libertad de información sobre el derecho al honor de la recurrente, al no haber ejercido la libertad de información de forma legítima.
"Pese a que existía un interés público elevado en el asunto, la información publicada no era veraz, al haber utilizado datos inconsistentes y no contrastados, siendo las fuentes y la comprobación llevada a cabo por el periodista insuficientes para la publicación de una noticia que por su gravedad y trascendencia social implicaba el descrédito en la consideración del club", señala.
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